Tarragona / Jurisdicción Superior, enero de 2025. Aunque es una resolución del Tribunal Supremo, afecta directamente a la jurisprudencia aplicable en la comarca de Tarragona. Una sentencia dictada en enero de 2025 ha estimado un recurso de casación en materia de Derecho de Familia, suspendiendo el régimen de visitas del padre con su hijo. El Alto Tribunal estableció la libertad del menor de relacionarse con el padre al constatar una "falta de relación" entre ambos y calificar al progenitor como un "padre ausente" en la vida del hijo.
La sentencia subraya que el interés superior del menor prima sobre el derecho del progenitor a tener visitas, especialmente cuando la imposición de las mismas podría ser perjudicial o inútil dada la inexistencia de vínculo afectivo consolidado. Esta resolución reciente delinea una línea restrictiva respecto a la aplicación automática de los regímenes de visita cuando existe una manifiesta dejadez parental.